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Domingo 08 de Noviembre del año 2026
País | 8 de noviembre de 2026 Inicio

Debate sobre la extranjerización de tierras

No puede considerarse simplemente un inmueble, sino un activo biológico dinámico condicionado por factores ambientales, económicos y sociales

No puede considerarse simplemente un inmueble, sino un activo biológico dinámico condicionado por factores ambientales, económicos y sociales

El Centro Argentino de Ingenieros Agrónomos presentó un documento en el que analiza los aspectos históricos, jurídicos y productivos de la tenencia de tierras y plantea la necesidad de revisar los límites establecidos para la inversión extranjera. El trabajo titulado "Sobre la propiedad de la tierra", sostiene que la discusión debe contemplar tanto el derecho de propiedad como las particularidades de la actividad agropecuaria, el uso sustentable de los recursos naturales y las posibilidades de desarrollo de las economías regionales. 

Uno de los argumentos centrales del documento es que la tierra agrícola no puede considerarse simplemente un inmueble, sino un activo biológico dinámico, cuyo aprovechamiento está condicionado por factores ambientales, económicos y sociales. En ese sentido, señala que la actividad productiva requiere una gestión que contemple las características de cada región y las normas destinadas a conservar el recurso suelo.

La Ley 26.737, sancionada en 2011 establece límites a la titularidad de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras. La normativa fija un máximo del 15% de tierras rurales en manos extranjeras por jurisdicción, con restricciones adicionales según la nacionalidad de los titulares. También establece un límite individual de 1.000 hectáreas en la zona núcleo agrícola, o su equivalente en otras regiones del país. Según el análisis de CADIA, los extranjeros poseen aproximadamente el 6% de los 175 millones de hectáreas de uso agropecuario considerados en el documento. 

El trabajo también incorpora datos del Observatorio de Tierras, integrado por investigadores del CONICET y la Universidad de Buenos Aires (UBA), que estima que alrededor de 13,2 millones de hectáreas del territorio nacional pertenecen a firmas o Estados extranjeros, una superficie cercana al 5% del territorio continental argentino. Entre los principales países de origen de esos capitales aparecen Estados Unidos, con aproximadamente 2,7 millones de hectáreas; Italia, con 2 millones; y España, con 1,7 millones. El documento plantea que el escenario actual no muestra un fuerte interés de inversores extranjeros por adquirir tierras en Argentina o en otros países de América Latina. Por el contrario, menciona un proceso de desinversión asociado con la inestabilidad política, la falta de previsibilidad y los cambios frecuentes en las normas jurídicas.

El debate por los cambios a la Ley de Tierras

Uno de los puntos centrales del análisis es la discusión legislativa sobre la modificación de las restricciones a la propiedad extranjera. Según el documento, el Gobierno nacional impulsa cambios para actualizar el régimen y permitir una mayor participación de inversores, independientemente de su origen o nacionalidad. El texto también describe el escenario judicial y parlamentario de octubre de 2026. Señala que una medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia de la Nación restableció temporalmente los límites de la Ley 26.737, mientras se resuelven las cuestiones de fondo planteadas en distintas demandas colectivas.

En paralelo, la Cámara de Diputados aprobó la reincorporación de los artículos 38 y 39 al proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, con el objetivo de ratificar los límites establecidos por la normativa vigente. La iniciativa volvió al Senado para su tratamiento. El documento advierte que existen posiciones contrapuestas sobre el alcance que debe tener la regulación. Mientras el dictamen de mayoría propone eliminar el límite nacional para la compra de tierras rurales por extranjeros y dejar en manos de las provincias la posibilidad de establecer restricciones, también plantea suprimir el tope individual de 1.000 hectáreas en la zona núcleo. De esta manera, la discusión excede la participación de capitales extranjeros y alcanza cuestiones vinculadas con la concentración de la tierra, el federalismo y la administración de recursos estratégicos.

CADIA también aborda el marco constitucional del derecho de propiedad y su relación con la actividad agropecuaria. El documento recupera los artículos 14 y 17 de la Constitución Nacional, que reconocen y protegen el derecho a usar y disponer de la propiedad. Sin embargo, aclara que ese derecho convive con regulaciones destinadas a garantizar la conservación de los recursos naturales. En particular, menciona el artículo 41 de la Constitución, incorporado en la reforma de 1994, que establece la protección ambiental y permite limitar el ejercicio de la propiedad en función del desarrollo sustentable. Para la entidad, la regulación debe contemplar las diferencias productivas y ambientales entre las regiones argentinas. En ese sentido, advierte que la cantidad de hectáreas no constituye por sí sola una medida suficiente para determinar si existe una concentración excesiva de la propiedad. Las características del suelo, la disponibilidad de agua, la vegetación y las posibilidades productivas condicionan el aprovechamiento de cada establecimiento. Por eso, las extensiones necesarias para desarrollar una actividad pueden variar considerablemente entre el norte, el sur, el este y el oeste del país.

El documento también incorpora información sobre la distribución de la superficie agropecuaria y la estructura de los establecimientos productivos. Según las cifras citadas del Censo Nacional Agropecuario del INDEC, Argentina registra 250.881 explotaciones agropecuarias, que comprenden 157,4 millones de hectáreas. Además, el análisis señala que el 1,08% de las explotaciones de mayor tamaño, aquellas que superan las 10.000 hectáreas, controla más del 36% de la superficie productiva del país. El trabajo destaca, al mismo tiempo, la importancia de los productores de menor escala y de la agricultura familiar para el abastecimiento interno y el desarrollo de las economías regionales. En este contexto, CADIA plantea que la discusión sobre la propiedad rural debe considerar las distintas realidades productivas y evitar criterios generales que no contemplen las particularidades de cada territorio.
CADIA plantea que la discusión sobre la propiedad rural debe considerar las distintas realidades productivas y evitar criterios generales que no contemplen las particularidades de cada territorio.

El desafío del federalismo

En sus conclusiones, el Centro Argentino de Ingenieros Agrónomos sostiene que las regulaciones sobre la propiedad deben garantizar el cumplimiento de las normas ambientales y productivas, pero sin convertirse en un obstáculo para las inversiones y el desarrollo de las actividades económicas. El documento pone el foco en la necesidad de encontrar un equilibrio entre la seguridad jurídica, la protección de los recursos naturales, la inversión y las oportunidades de crecimiento de las economías regionales. "Lo que no se puede soslayar es que las normas impidan el desarrollo de actividades útiles contempladas en las leyes vigentes y contribuyan al desarrollo regional y del país", sostiene CADIA. La entidad resume así uno de los principales desafíos del debate: compatibilizar el derecho de propiedad, la inversión productiva y la protección de los recursos estratégicos, respetando las particularidades de cada provincia y región argentina.

Por: Redacción

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