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Jueves 04 de Junio del año 2026
País | 4 de junio de 2026 Inicio

La Justicia suspendió el ajuste en el INTA

Un fallo hizo lugar a una cautelar impulsada por ATE y otras organizaciones

Un fallo hizo lugar a una cautelar impulsada por ATE y otras organizaciones

La Justicia Federal de San Martín suspendió el cierre de la Estación Experimental Agropecuaria Área Metropolitana de Buenos Aires (EEA AMBA) y frenó cualquier intento de vender o subastar los inmuebles vinculados a esa unidad. La decisión fue tomada por el juez federal subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto tras una presentación realizada por ATE, Apinta, organizaciones de la agricultura familiar y productores, en una resolución que podría tener fuertes implicancias para el futuro del organismo. La medida cautelar tendrá una vigencia inicial de seis meses y ordena al instituto que se abstenga de ejecutar cualquier acción destinada a concretar la Resolución 27/2026, aprobada por el Consejo Directivo del organismo en marzo pasado.

El fallo representa el primer revés judicial para una de las decisiones más controvertidas adoptadas por la conducción del INTA durante el proceso de ajuste y reestructuración impulsado en los últimos meses. La resolución cuestionada contemplaba la eliminación de la experimental AMBA y de sus nueve agencias de extensión rural, además de la reasignación de recursos, personal e infraestructura.

La decisión judicial no solo impide el cierre de la unidad. También bloquea posibles traslados de trabajadores, pases a disponibilidad, desvinculaciones, movimientos de equipamiento, interrupción de ensayos científicos, suspensión de capacitaciones y cualquier operación relacionada con la venta o subasta de inmuebles utilizados por la experimental.

Para los gremios y organizaciones que impulsaron la demanda, la medida del organismo resultaba "arbitraria e ilegítima" porque afectaba derechos laborales y ponía en riesgo programas de investigación y transferencia tecnológica desarrollados durante más de quince años.

La EEA AMBA fue creada para atender las necesidades de la producción familiar urbana y periurbana del Área Metropolitana de Buenos Aires. Durante ese período se convirtió en una referencia para miles de productores, técnicos, municipios, universidades y organizaciones sociales vinculadas al desarrollo agroalimentario.

Los demandantes sostuvieron que el cierre podía provocar la interrupción de actividades estratégicas relacionadas con la agricultura familiar, la capacitación técnica, las buenas prácticas agrícolas (BPA), la innovación productiva y la asistencia a pequeños productores que abastecen buena parte del consumo de alimentos frescos del principal conglomerado urbano del país.

Al analizar el expediente, el magistrado consideró acreditados los requisitos de "verosimilitud del derecho" y "peligro en la demora", condiciones necesarias para dictar una cautelar de estas características. Uno de los aspectos más relevantes del fallo está relacionado con la situación de los trabajadores. Según expresó el juez, la decisión podría vulnerar derechos laborales y sindicales protegidos por normas nacionales e internacionales, afectando principios básicos de estabilidad laboral.

Además, advirtió que la ejecución inmediata del cierre podría ocasionar consecuencias difíciles de revertir, como la desarticulación de equipos técnicos especializados, la pérdida de conocimiento acumulado durante años, la ruptura de redes institucionales y la interrupción de programas de investigación y transferencia tecnológica.

Otro punto clave es que la resolución judicial también alcanza a los bienes inmuebles utilizados por la experimental. De esta manera, cualquier posibilidad de transferencia, venta o subasta queda suspendida mientras se mantenga vigente la cautelar. La cuestión inmobiliaria había generado una fuerte preocupación entre trabajadores y organizaciones vinculadas al sector agropecuario debido al valor estratégico de los predios utilizados para investigación, capacitación y extensión rural.

En su resolución, Portocarrero Tezanos Pinto sostuvo que el interés público no se limita únicamente a la ejecución de decisiones administrativas, sino que también comprende la preservación de actividades vinculadas a la investigación científica, la innovación tecnológica, la asistencia técnica y el desarrollo productivo.

El magistrado aclaró que la discusión de fondo sobre la legalidad o nulidad de la Resolución 27/2026 todavía deberá resolverse en el marco del proceso judicial. Sin embargo, hasta que eso ocurra, el cierre de la experimental queda suspendido.




Por: Redacción

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